- 22 noviembre, 2017
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- Category: Economics, Facturación, Finance & accounting, S.A.T.
S.A.T.
SE APLAZA TÉRMINO OBLIGATORIO PARA FACTURAR CON VERSIÓN 3.3
NUEVA VERSIÓN ENTRARÁ EN VIGOR EL 31 DE DICIEMBRE 2017
Estimados, con motivo de la nueva versión de la factura denominada 3.3 el Servicio de Administración Tributaria, comunica en su página oficial que ampliarán el plazo obligatorio para utilizar la nueva versión de la emisión del Comprobante Fiscal Digital (factura) hasta el día 31 de diciembre de 2017, así como también informa:
· A partir del 1º de julio de 2017 entró en vigor la versión 3.3 de la factura electrónica. No obstante, los contribuyentes podrán continuar emitiendo en la versión 3.2 hasta el 31 de diciembre del 2017. A partir del 1º de enero del 2018 la única versión válida será 3.3.
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· La emisión de comprobantes con el Complemento para Recepción de Pagos será opcional hasta el 31 de marzo del 2018.
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· El proceso de aprobación para la cancelación de facturas electrónicas entrará en vigor el 1 de julio de 2018.
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· Hasta el 30 de junio de 2018, en caso de que exista un posible error o discrepancia al registrar la clave de unidad de medida y/o clave de producto o servicio, no se considerará infracción.
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· En los próximos días se estarán publicando los ajustes a las disposiciones fiscales correspondientes para reflejar las facilidades aquí descritas.
Esto es así debido a que la Autoridad Hacendaria ha tenido acercamiento con el sector privado para efectos de informarse de los avances que el contribuyente ha tenido en relación a la adopción del nuevo esquema de facturación, es así que estas facilidades favorecen la conclusión de la implementación generalizada de la nueva factura.